La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Tribunal Electoral del Estado (TEE) de Colima admitir y resolver el juicio de inconformidad en contra del triunfo del priista Héctor Magaña Lara como diputado del distrito 8.
Al resolver el expediente con clave ST-JDC-506/2015, los magistrados revocaron la sentencia del TEE que rechazaba el juicio de inconformidad que presentó Meyly Pastora Beltrán Rolón, ex candidata del PAN a diputada en el mismo distrito.
El 25 de junio, Beltrán Rolón presentó ante el TEE el juicio de inconformidad en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a Magaña Lara.
Sin embargo, el 29 de julio los magistrados desecharon la impugnación argumentando que fue presentada fuera del plazo de tres días previsto en la ley, el cual -según el TEE- cerró el 15 de junio con el cómputo distrital.
Por tal razón, la panista recurrió a la Sala Regional, la cual declaró «fundados» los agravios expuestos toda vez que que la declaratoria de validez y la entrega de constancias de mayoría se efectuó hasta el 22 de junio.
«Es claro que el momento para impugnarla era a partir de dicha fecha (22 de junio), pues fue precisamente en ese día cuando se tuvo como válida la elección impugnada», determinó.
De esta manera, los magistrados aprobaron revocar la sentencia del TEE y le ordenó admitirlo y resolverlo.