Asunto: del SUTUC., 2014-2015
LUIS ENRIQUE ZAMORANO MANRIQUEZ
S U T U C
P R E S E N T E:
En la entrevista publicada por el periódico universitario El Comentario de septiembre de 2014 en que públicamente manifiestas el interés de recorrer y visitar a los trabajadores sindicalizados, “de confianza” y becarios de la U de C con el objetivo de “despejar incertidumbres” y justificarte en torno al camino y acciones para asumir la secretaria general del SUTUC, entre las palabras y términos empleados de tu parte a modo de “virtudes” que como representante de los trabajadores sindicalizados: destacan: actitud al dialogo, ser prudente y de no confrontación, celoso guardián de la razón de ser sindicalizado y de apego irrestricto a Estatutos y sobre todo como bandera el presentarte como un convencido promotor del “cambio” sindical, por lo que:
Ya con 18 meses y días cumplidos – 21 de marzo de 2014 a 26 de septiembre de 2015- al frente del SUTUC como gestor y negociador respecto de temas y tópicos fundamentales y escabrosos frente a la patronal universitaria encabezada por el Rector Hernández Nava y con Guerrero Rolon jefe director de Recursos Humanos como espadachín certero,
Vale la pena hacer un balance de los “logros” alcanzados bajo tu liderazgo, es decir, sopesar congruencia entre el decir y el hacer de tu parte en función de las virtudes personales que jocosamente presumiste y proyectaste cuando de hablar se trata:
a). Así en el mes de enero de 2015 Zamorano firmas el Contrato Colectivo de Trabajo 2015-2016 (CCT), como documento institucional más importante que regula laboralmente las relaciones, condiciones y clima de trabajo entre la autoridad universitaria y el SUTUC, y que una vez rubricado de tu parte públicamente declaras entre otras cosas “de la importancia de actualizar las normas laborales que rigen a los universitarios, y de conocer nuestras funciones y derechos para trabajar de manera más armónicas”. Asimismo como logro concreto destacas haber conquistado “un aumento salarial…el mejor logrado por los trabajadores universitarios del país”, mientras que a la vez y por su parte ese mismo día de jueves de la primera semana del mes de enero 2015 el Rector Hernández Nava refiriéndose al CCT señala que este “fue reorganizado para que los trabajadores identifiquen mejor sus derechos, prestaciones y obligaciones (sic); establece las bases para la actualización del catálogo institucional de puestos (lo que permitirá modernizar los sistemas escalafonarios del personal académico, administrativo, secretarial y de servicios)…”además de “incorporar” (sic) varias prestaciones como son, entre otras: la unificación de los tres fondos (de ahorro, de previsión social, y para la feria)…se incrementan tres días más al bono de productividad, (bono de verano)…” entre otras más “como la incorporación de un nuevos requisito al FOSAP…”.
Sin embargo, además del cambio notorio del formato del nuevo CCT organizado por Títulos, Capítulos y Clausulas, al leer, revisar y analizar cuidadosamente lo contenido en este nuevo CCT 2015-2016 llama la atención destacadamente que como representante y fiel guardián sindical que dices ser Zamorano de los intereses del trabajador, firmas y por tanto avalas cláusulas sustanciales e incluso algunas de ellas sólo ratificadas a modo que favorecen mucho y muy significativamente a los intereses patronales y a la vez representan un retroceso para la posición e intereses del SUTUC. Veamos por qué específicamente:
1).Del Título II. Condiciones generales de trabajo, Capítulo 4. De la naturaleza y duración de las relaciones laborales, en cuanto a la forma de pago y retribución de los servicios prestados a la U de C; en consecuencia, los trabajos materia de la relación laboral, “aun cuando se retribuyan con cargo a partidas especiales (sic), serán regidos por el presente Contrato y el Reglamento interior” (pág.6),
Es decir Ud. Zamorano firma un CCT dando un cheque en blanco a la autoridad universitaria para pagar salarialmente de fuentes financieras de las que sólo la propia autoridad sabe, dispone y usa discrecionalmente y sin posibilidad técnica alguna internamente de poderlo corroborar y transparentar, y menos de actuar puniblemente, y sobre todo sin considerar que en las (5) últimas auditorías realizadas a la U de C., el órgano auditor de la Federación observó y señaló reiteradamente que nuestra institución “carece de mecanismos que le permitan identificar en forma cabal los recursos federales, estatales y propios” (ASF., 2012 y 2014); .
2). Cláusula 17. “Se entiende por relación de trabajo para capacitación inicial, aquella por virtud de la cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, bajo la dirección y mando de la U de C.”
Esta cláusula importante para comenzar a trabajar en la U de C., Ud. Zamorano le cede al patrón universitario la exclusividad de contratar laboralmente además de permitirle controlar e incidir tanto en la capacitación como en la de establecer la determinante final de ingreso laboral a la U de C.;
3). Capítulo 6. De los trabajadores. Los trabajadores de la U de C, por la modalidad de su designación, se clasifican en:
- Temporales. Son aquellos que pueden ser contratados por obra y tiempo determinado, cuando la naturaleza del trabajo así lo determine.
Aludo aquí Zamorano al caso de los trabajadores del tipo policía universitario denominado grupo “Los Bríos” bajo el control y a las órdenes directas del exsecretario sindical Gustavo Ceballos Llerenas cuya función exclusiva es vigilar al personal trabajador de la U de C, siendo lo peor convirtiéndola literalmente en un sistema carcelario como si lo mereciera el trabajador universitario. Si bien “Los Brios” constituye personal no sindicalizados, están en la nómina de la U de C., y Ud. Zamorano como líder sindical por firmar un CCT que omite una negociación laboral condicionante al respecto, avala y se vuelve cómplice de dicho trabajo policiaco e injustificable por existir ya personal de seguridad perteneciente a la empresa de seguridad privada denominada Roca, y con la cual la U de C. tiene convenio firmado por tiempo indeterminado.
4).Cláusula 31. Además de los derechos y obligaciones señalados, los trabajadores académicos tendrán los siguientes Derechos:
I Realizar sus actividades de acuerdo con el principio de libertad de cátedra o de investigación y de conformidad con los planes y programas aprobados por la U de C.
Sin embargo, este Derecho esconde una real incongruencia laboral pues refiere a la vez a “libertad” pero “conforme a programas aprobados”.
La misma Cláusula 31. Obligaciones, numeral XII señala “asistir a los cursos de “actualización” docente o superación profesional que “programe la dirección respectiva”.
Te pregunto Zamorano, si es obligatorio para el docente asistir a cursos de actualización determinados por un director, si dicho curso no es coincidente o acorde con el interés y/o afinidad docente y de investigación propia del trabajador.
5). Capítulo 7. De la admisión de los trabajadores. Cláusula 34. “La políticas, requisitos, criterios y procedimientos para la admisión de los trabajadores serán definidos en el Reglamento interior, el Reglamento del Personal Académico y en la Norma para la Gestión de los Recursos Humanos que expida la U de C,
Aquí Zamorano al firmar el CCT de nueva cuenta permites que la patronal universitaria excluya enteramente al SUTUC de participar tanto del proceso de admisión de trabajadores en general como en la elaboración y contenido de los criterios y normas laborales de admisión de los mismos.
6). Cláusula 35. Las plazas administrativas, secretarial y de servicios generales de” nueva creación será cubiertas por la U de C.”
Se repite Zamorano la misma política excluyente del SUTUC por parte de la autoridad universitaria.
7). Cláusula 40. “El personal académico de tiempo completo, que cumpla con lo estipulado en el Reglamento del Personal Académico, se distinga “por su institucionalidad, productividad y entrega a las labores que le hayan sido encomendadas, y cuente con una antigüedad mínima de 15 años, obtendrá la definitividad de su nombramiento, el cual será entregado en la ceremonia del 15 de mayo del año que corresponde.”
Sin embargo, esta Cláusula 40 Zamorano es muy importante entre otras cosas porque posee implicaciones significativas a evaluar y valorar, ya que: a). Referirse a “los Tiempos Completos”, es excluir a los trabajadores por horas, siendo que representan cerca del 70 % del personal laboral sindicalizado y contratado por la U de C, condenándolos en todo caso a cancelarles la posibilidad de obtener su base laboral definitiva no obstante pasen toda su vida laboral activa al servicio de la institución; pero también, dada la circunstancia de la vulnerable condición laboral de dicho personal por horas lo cual le facilita al patrón universitario el control, eficacia y condicionar su prolongación laboral contractualmente, lo cual ha quedó demostrado con los trabajadores que apoyaron a Leonardo despedido de motivos político- laborales que según la autoridad universitaria atentaron contra la “estabilidad y el orden laboral interno” de la U de C.;
Hay que también considerar como motivo de negociación sindical de esta Cláusula 40 el significado de la palabra “institucionalidad”, pues como lo entiende, evalúa y aprecia unilateralmente la autoridad universitaria es sinónimo de obediencia, disciplina, y sometimiento a la directriz y política laboral rectoral.
A la vez esta Cláusula 40 contenida en el CCT también significa amplia discrecionalidad en su observancia y aplicación siempre a criterio de la Dirección de Recursos, convirtiéndola realmente en factor determinante despido y/o dar de baja laboral, siendo trabajador por horas o menos de 15 años de antigüedad en la U de C. Esto Zamorano cuando firmaste el nuevo CCT ratificaste algo indeseable y pernicioso para lo seguridad, permanencia y estabilidad laboral del trabajador universitario.
8). Del Título III, Capitulo 10. Del salario. En la Cláusula 55 que señala que “Solo podrán hacerse deducciones, descuentos o retenciones al salario de los trabajadores…”, el numeral VI refiere “Para el entero del Impuesto Sobre la Renta”,
Recordarte que la U de C efectivamente descuenta el ISR a los trabajadores universitarios quincenalmente en forma rigurosa, y sin embargo en este nuevo CCT que firmas no fue incluido apartado alguno que obligue a la U de C a entregar dicho dinero descontado a los trabajadores en debido tiempo a la SHCP., por lo cual refiero a los “129 millones 720 mil 500 pesos correspondientes al ISR, por concepto de remuneraciones al personal retenido a sus trabajadores,” la U de C, mediante oficio s/n del 20 de febrero de 2013, solicitó al SAT, “la cancelación del adeudo del impuesto ante señalado, sin que haya obtenido respuesta” (ASF., 2012, pág. 15).
Esta retención de dinero millonaria de la U de C y no declarada a la SHCP en tiempo y forma como debe hacerse, incluido el intento de la U de C de que le fuera condonado dicho dinero, además de constituir de interés primordial para el SUTUC y por lo tanto objeto de negociación y fuerza sindical, desprestigia y lastima la imagen de todos los trabajadores universitarios por parejo.
Po otra parte, en este CCT 2015-2016, también se destaca el omitir lo relacionado al descuento denominado APPS aplicado a los trabajadores de la U de C desde 2014, por lo cual pregunto a Zamorano dados los montos financieros en juego porque la complicidad a través del silencio público si recién asumida la secretaria general del SUTUC te proyectaste como un serio convencido de la razón de ser sindical.
9). Cláusula 70. “La U de C., se compromete a entregar a los trabajadores, cada año, lo correspondiente al Fondo de Ahorro, en tres ministraciones en una cantidad igual a la que aportan los trabajadores…” (pág. 14)
Sin embargo, lo que el Rector Hernández Nava en enero 2015 públicamente denomina “incorporar” o unificar los tres fondos o prestaciones sociales sindicales, en realidad significa la desaparición del denominado Fondo de la Feria y el Fondo de Previsión Social para concentrarlo en el Fondo de Ahorro; (3) prestaciones sindicales que para el trabajador era benéficas hasta 2014 cada una aparte, y que bajo el nuevo CCT unificadas constituye un retroceso para los intereses de los trabajadores.
b). También este nuevo CCT 2015-2016 incluye el tema del FOSAP de lo cual el rector Hernández Nava destaca “la incorporación de nuevos requisito”, como por ejemplo la Cláusula 75 concerniente a los beneficios de los trabajadores que se separan voluntariamente del servicio –cumplidos 28 años efectivo, trabajadores que tengan 60 años, etcétera- (pág.15)
Sin embargo, una vez más Zamorano firmas y aceptas este nuevo CCT cuando la Cláusula 87 establece “Las bases sobre la integración y funcionamiento del Comité Técnico del FOSAP, quedaran contempladas en el Reglamento del Fondo Social de Apoyo al Pensionado para los Trabajadores al Servicio de la Universidad de Colima, expedido por el H. Consejo Universitario” (pág.17).
Aquí Zamorano de plano entregas a la autoridad universitaria en bandeja de plata la regulación y manejo del FOSAP. Esto no tiene perdón y mereces ser echado sindicalmente ipso facto.
Sin embargo, en contra sentido a la claudicación total del SUTUC expresado en esta Cláusula 87, existe la orden del juez segundo de distrito, Iván Gabriel Romero Figueroa, que “otorgó amparo provisional” al SUTUC, para que la autoridad universitaria se apegue a los dispuesto al reglamento del FOSAP vigente hasta diciembre de 2014, reglamento por cierto que obliga al Rector Hernández Nava a pagar a los jubilados y pensionados solamente el 100 por ciento del salario bases sin incluir prestaciones, pues éstas deben ser a cargo de los recursos de la U de C y no del FOSAP.
Permíteme recordarte lo que de la U de C dice la Auditoria Superior de la Federación del año 2012: “realizó pagos sin el visto bueno del Consejo Universitario por los importes y conceptos enseguida mencionados: 122 millones 418 mil 900 millones de pesos por concepto de prestaciones “no ligadas” que se encuentran fuera de las establecidas en el CCT 2011-2012, además no acreditó la evidencia documental del pago por 111millones 931 mil pesos, correspondiente al concepto denominado Canasta Básica I…” (ASF., 2012).
Por otra parte cuando como líder del SUTUC dices que “se empiezan a cumplir acuerdos pactados entre autoridad universitaria y SUTUC” debido a que en la segunda quincena del mes de agosto de 2015 la U de C. “depositará” (sic) 10 millones de pesos al FOSAP y en 4 años quedaran saldados los 90 mdp.”(El Comentario, 24 de agosto de 2015), nunca trataste de asegurarte de que dicho deposito se hiciera efectivo pues hasta el 26 de septiembre de 2015 los 10 millones de pesos no han sido depositados en la cuenta del FOSAP F/2001277.
Finalmente del FOSAP decirte y recordarte Zamorano que desde el 29 de enero de 2013 existe un documento firmado entre la autoridad universitaria representada por Hernández Nava y Leonardo como representante del SUTUC, donde las dos partes caballerosamente convienen “iniciar una etapa la cual estará sustentada en la construcción de nuevas relaciones…donde prevalezca el respeto, la conciliación y la construcción de acuerdos y la protección a los intereses laborales de la base sindical, así como de la propia institución Académica, por encima de cualquier interés particular o de grupo ajenos a la U de C.; así mismo, en la transparencia del manejo de recursos del FOSAP…” –anexo copia-
Sin embargo, a 32 meses cumplidos a partir de que se firmó este acuerdo de 29 de enero de 2013, la autoridad universitaria en torno al FOSAP no ha cumplido tan sólo con informar y transparentar de frente a los trabajadores universitarios y a partir de una fecha determinada y concreta:
Cuánto dinero hay del FOSAP, cuanto se deposita cada quincena mostrando dicho depósito; a la vez de cuánto se paga en cada quincena a jubilados y pensionados; la integración de cuantos jubilados y pensionados tiene la U de C quincena a quincena, el desglose de las gratificaciones por jubilación, así como adquirir el compromiso de poner a disposición de los trabajadores el estudio actuarial.
Sólo así como trabajadores volveremos a tener confianza en la autoridad universitaria
Definitivamente.
c). Concerniente a las violaciones del Contrato Colectivo con antecedentes y motivo fundamentado de amenaza de huelga del pasado reciente según oficios de petición a la autoridad universitaria -SUTUC 234/2013 y 048/2014-, para que cesaran las violaciones a las Condiciones Generales del Trabajo, y no obstante que Ud. Zamorano durante tu gestión ya como secretario general sindical a partir de marzo de 2014 públicamente has declarado que dichas “violaciones ya fueron atendidas y subsanadas por la autoridad universitaria” me permito hacerte sólo algunas precisiones al respecto:
1). En los días recientes de inscripción y dar de alta 2015 a los alumnos aspirantes a los bachilleratos de la U de C., sobre todo al personal secretarial algunos directivos le ordenaron llegar media hora antes de su ingreso laboral habitual y quedarse a trabajar hasta más de un hora después de su jornada laboral, y sin que a la postre existiera compensación salarial alguna por parte de dichos directivos respectivamente;
2). En la oficinas del área de investigación de Biomédicas personal secretarial por escrito se ha quejado ante Ud. sobre el trato prepotente que ha recibido por parte de profesores- investigadores, sin que hasta la fecha exista atención y respuesta positiva del SUTUC;
3). En algunas facultades recientemente hasta por semanas enteras se ha carecido hasta de agua potable para el consumo del personal secretarial, de servicios y docente, mientras que en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales se registra el caso de una secretaría que por vía telefónica se quejó y le solicitó apoyo a Ud. para que su hijo pudiera ingresar a la FIME de Coquimatlan, y sin embargo la respuesta sindical fue “que no se podía hacer nada”, aunque esta secretaria lograría que su hijo finalmente ingresara a dicha escuela por decisión propia de la autoridad universitaria de último momento;
4). En el caso especial de los PTC a los que laboralmente se les rescindió el contrato laboral por motivos político- sindicales (2014-2015), destaca ejemplarmente la forma tan débil que demuestra el SUTUC actual como fuerza y con capacidad negociadora frente a la actitud arrogante, vengativa y represiva ejemplarmente representada por la Dirección General de Recursos Humanos a cargo del Lic. Juan José Guerrero Rolon.
Sólo destacaré los casos concretos de los Dres. José Jesús Lara Chávez y Sergio H. Elenes Zepeda quienes una vez cesados laboralmente acudieron al edificio del SUTUC en calidad de miembros activos y con derechos sindicales para solicitar apoyo sindical, con el primero Ud. quedando de ofrecer una respuesta a la semana siguiente de dicha entrevista, y recibiendo sólo silencio sindical hasta hoy; mientras que en el caso del segundo trabajador, como secretario general sindical solo atinaste a decir que ante la decisión de la autoridad universitaria “tú eras respetuoso” y que sólo podías ofrecer apoyo y asesoría a través de los abogados del SUTUC para que pudiera defenderse mejor jurídicamente.
Por lo anterior, recordarte no obstante su trasfondo conocido, que ambos trabajadores eran sindicalizados activos del SUTUC hasta antes de ser despedidos, y sobre todo subrayarte que la función de quien se asume como líder sindical es adoptar una posición enérgica y hasta de confrontación si es necesario antes las decisiones unilaterales, arbitrarias y politizados que la parte patronal universitaria adopta en contra de los trabajadores universitarios cuando se ve afectada en sus intereses y comodidades materiales. Si permites actuar así a la autoridad universitaria permites que le tomen la medida y falten al respeto al SUTUC
d). Respecto de los dos magnos desfiles protagonizados por el SUTUC mientras Zamorano has estado al frente como secretario general sindical, decirte que no te engañes si consideras que ambos desfiles tanto por motivo del aniversario del SUTUC (2014) como para celebrar el día del Trabajo (2015) fueron expresión elocuente, contundente e innegable de la aceptación mayoritaria de los trabajadores a tu liderazgo sindical, sino más bien confirmaron el gran peso, miedo e influencia determinante que posee la autoridad universitaria sobre los trabajadores, no sólo por permitir y aceptar dócilmente y como algo “normal que las autoridades universitarias marchen al frente del SUTUC, sino también y a la vez por reflejar ausencia o nula conciencia sindical como clase trabajadora y de lucha sindical respetada.
e). Ud. Zamorano en las visitas que has estado realizando a algunos Bachilleratos de la U de C recientemente por motivo de cambios de delegados sindicales, ha externado entre los trabajadores el interés que de la parte sindical existe de contribuir con una aportación más o extra y fuera del CCT para cubrir y complementar los gastos derivados por servicios funerarios del personal sindicalizado pese a la existencia del denominado “ Fondo de Apoyo a los Deudos del Trabajador, del 1 % del salario base mensual”, bajo la justificación de que la U de C desde que Ud. llegó al SUTUC está realizando rigurosas auditorías cada dos meses y no hay dinero.
Le pregunto a Ud. Zamorano de cuando a acá la patronal universitaria tiene poder y ascendencia real si no se le permite sindicalmente para fiscalizar el manejo administrativo y sindical derivado de los descuentos que realiza la U de C por concepto de cuotas sindicales bajo el entendido y por supuesto de que el SUTUC posee autonomía hipotéticamente.
f). Finalmente para referirme al grupo de 10 trabajadores aproximadamente entre los que destacan Santiago Velasco, que con tu aval y complicidad como líder sindical actual solapas, grupo ciertamente identificado y afín al ex secretario general del SUTUC Gustavo Ceballos Llerenas, que procedió a presentar una demanda contra Leonardo por malversación de fondos cuando estuvo al frente del SUTUC, demanda que hoy pende potencialmente sobre la cabeza de Leonardo y puede ser aplicada y usada mediáticamente por supuesto en caso dado que Leonardo sea favorecido inminentemente por la legislación laboral federal ordenándole a la JLCYA local reponer el proceso por actuar bajo consigna desconociendo la Toma de Nota otorgada a Leonardo el 6 de febrero de 2013
Conclusiones:
Zamorano: si el 25 de abril de 2009 públicamente y con fundamento cuestioné a Leonardo como secretario general del SUTUC por haber tomado protesta para su segundo periodo como tal ante la autoridad universitaria de entonces (Avanzada, abril 25, 2009, págs. 15, 16 y 17), hoy, fundamentado en lo que Ud. Ha realizado como líder del SUTUC desde el 21 de marzo hasta septiembre de 2015, le expreso mi total desencanto y tristeza por haber terminado de socavar la mínima capacidad de fuerza y negociación que como SUTUC mantuvo inicialmente y hasta que Leonardo fue echado como secretario general sindical por la autoridad universitaria y a la vez apoyándolo a Ud. Hoy de plano y en realidad el SUTUC es forma o cascaron vacío que contenido para salvaguardar y hacer valer la fuerza y dignidad sindical de quienes trabajamos al servicio de la U de C., reconociendo en este sentido sobre todo que el trabajador universitario promedio no tiene, ni sabe, ni está preparado para la lucha sindical organizada por no tener conciencia de clase ni de la solidaridad.
Desde este mes de septiembre 2015 autoridades universitarias y SUTUC ya se preparan para celebrar un aniversario sindical más, ¿Pero que celebrar los trabajadores universitarios ésta vez ?, que este año 2015 Zamorano a través del CCT le entregó a la autoridad universitaria por escrito la poca dignidad e identidad que muchos años mantuvo el SUTUC, o el hecho de que hay y tenemos trabajo en la U de C aunque sean abismales las diferencias salariales entre por un lado Rector, altos funcionarios, incluidos ex rectores y ex funcionarios universitarios, y por otro lado cuadros medios y académicos, y personal secretarial, administrativo y de servicios, estudiantes y hasta aviadores, aunque a estos últimos de plano les pagan un salario entre anémico y raquítico. Bendita nómina de la U de C donde mucho “trabajador” cabe sabiéndose acomodar. Todo por una gorra y una camisa con el logo del SUTUC, y viáticos en forma de una comida, cerveza, refresco, música, baile, rifas, dos coches, y un permiso económico siendo lo más importante para muchos universitarios, a cambio de desfilar incluido sol y sudor, eso sí agregando a las autoridades universitarias al frente del grueso del contingente universitario denominado U de C. con gritos al unísono como telón de fondo festivo.
PIENSA; LUCHA; TRABAJA
Ciudad de Colima, 28 de septiembre de 2015
MANUEL SALVADOR GONZALEZ VILLA
(PROFESOR DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS
SOCIALES DE LA U DE C, Y MIEMBRO ACTIVO DEL SUTUC)
c.c.p. A los trabajadores del SUTUC. Para su conocimiento